Organización

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SERVICIOS A LOS AYUNTAMIENTOS Y DEMAS ENTIDADES PÚBLICAS.

SERVICIOS Y DERECHOS DE LOS CIUDADANOS.

 

SERVICIOS A LOS AYUNTAMIENTOS Y DEMAS ENTIDADES PÚBLICAS

 

Apoyo institucional:

1. Convenios de colaboración con otros organismos e instituciones
2. Elaboración y difusión de campañas divulgativas
3. Consultorio y apoyo técnico en los planes de saneamiento y viabilidad

 

Gestión catastral:

1. Tramitación y resolución de declaraciones catastrales de cambio de dominio.
2. Resolución de recursos contra resoluciones catastrales sobre transmisiones de dominio.
3. Tramitación y preparación de las propuestas de resolución, en cuanto a expedientes por alteraciones físicas y económicas en bienes inmuebles de naturaleza urbana.
4. Notificación de los valores catastrales derivados de resoluciones dictadas por la Gerencia de Catastro o por el SPRyGT, en el ejercicio de las funciones delegadas en éste.
5. Expedición de certificaciones catastrales
6. Registro de la documentación y remisión, si procede a la Gerencia del Catastro
7. Información y asistencia al ciudadano en materia catastral

 

Gestión tributaria:

1. Liquidación colectiva e individual de los tributos e impuestos municipales.
2. Tramitación y resolución de las reclamaciones en materia de gestión tributaria.
3. Resolución compartida con los Ayuntamientos de solicitudes de bonificaciones de IBI.
4. Gestión integral de la tasa de utilización privativa o aprovechamiento especial de las zonas de dominio publico de las carreteras provinciales.

 

Gestión recaudatoria:

1.- Gestión recaudatoria integral de los tributos locales
2.- Convenios de colaboración con entidades bancarias
3.- Actualización de las bases de datos fiscales en gestión de cobro
4.- Gestión informática integral de expedientes
5.- Servicio de notificaciones y comunicaciones de ámbito provincial
6.- Realización de campañas de publicidad e información a los ciudadanos
7.- Convenios de colaboración con otras administraciones, organismos e instituciones para la obtención de datos
8.- Realización de actuaciones en materia de recaudación ejecutiva en el ámbito provincial
9.- Realización, a través de colaboraciones y convenios con otras administraciones, de actuaciones en materia de recaudación ejecutiva en el ámbito nacional.
10.- Acuerdos de colaboración para embargos masivos y otras actuaciones de recaudación ejecutiva
11.-Atención integral a los ciudadanos del municipio en materia de tributos locales.

 

Inspección de tributos locales:

Regularización de las realidades fiscales existentes en los municipios, eliminando los niveles de fraude existentes en la mayoría de los municipios de la provincia.

Esta regularización se lleva a cabo a través de los procedimiento de comprobación fiscal limitada y de inspección, con lo siguientes resultados:

1. Emisión de liquidaciones derivadas de las inspecciones realizadas en los impuestos y tasas municipales
2. Depuración de datos
3. Incorporación a los padrones de altas derivadas de la función de inspeccion
4. Creación de una base única de contribuyentes, que serán censados una sola vez, independientemente del hecho imponible por el que tributen.

Actualmente el SPRyGT realiza su labor adaptando la tecnología a los procedimientos previstos en la norma. De esta forma, se revisan, en primer lugar, las Ordenanzas Fiscales, proponiendo su modificación, en aras a un mayor control de la fiscalidad municipal, y en concreto se llevan a cabo las siguientes actuaciones;

1. Se tomará como base la cartografía existente.
2. Se realizarán vuelos de adaptación a la realidad físico-jurídica.
3. Se detectarán las omisiones por unidades, independientemente del tributo.
4. Se crearán futuras Unidades Urbanas, a la espera del Alta por el IBI en Catastro.
5. Se elaborarán, asesorando y presentando los modelos 901 y 902 en los términos convenidos con Catastro.
6. Se actualizarán los datos fiscales, a través del acceso On-line a la Base de Datos Nacional de la AEAT.

 

Gestión de expedientes sancionadores por infracciones de Tráfico:

Tramitación de procedimientos sancionadores por denuncias de tráfico realizadas por la Policía Local de los municipios de la provincia.

 

Dicha tramitación incluye, entre otras, las siguientes actuaciones:

1. Elaboración de boletines de denuncia personalizados para cada Ayuntamiento.
2. Grabación de denuncias en la Base de Datos.
3. Emisión de denuncias y sanciones.
4. Notificación de denuncias y sanciones así como publicación de edictos de citación en el BOP.
5. Resolución de alegaciones y recursos de reposición.
6. Recaudación de sanciones tanto en la tramitación del procedimiento como en vía ejecutiva.
7. Descarga automática de información sobre infractores desde la Base de Datos la Dirección General de Tráfico.
8. Estudio y propuestas de modificación de ordenanzas para adaptarlas a la realidad jurídica y social.
9. Todas aquellas actuaciones materiales que exige la tramitación de los expedientes (recogida de denuncias, ensobrado, descarga de ficheros de cobro, aplicación de ingresos etc).

 

Los Ayuntamientos, con la cesión de la gestión de sus denuncias a Trafico obtendrán las siguientes ventajas:

1) Incrementos en la recaudación por este concepto, lo que implica rentabilidad económica para un servicio tradicionalmente deficitario.
2) Descarga a los ayuntamientos de un procedimiento administrativo complejo con la correspondiente derivación de personal hacia otras áreas.
3) Imagen de eficacia administrativa de los ayuntamientos derivada de la correcta tramitación de todas las denuncias. Ausencia de prescripciones.
4) Contestación a todas las alegaciones y recursos que se planteen, lo cual es muy complicado para ayuntamientos por falta de recursos en unos casos y por colapso de la asesoría jurídica en otros.
5) Descarga a los responsables municipales de las quejas de los vecinos al ser los expedientes tramitados por otro ente administrativo.

 

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SERVICIOS Y DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

 

SERVICIOS A LOS CIUDADANOS

1. Información generalizada de forma presencial, telefónica y vía web sobre los servicios, oficinas y organización del SPRyGT.

2. Información y asistencia, presencial y vía web sobre los procedimientos de gestión, recaudación e inspección en particular:

2.1.1 Información y entrega de los documentos cobratorios (dípticos y cartas de pago) para el pago de los tributos. en las diferentes entidades bancarias colaboradoras.

2.1.2 Información y tramitación de las solicitudes de domiciliación bancaria.

2.1.3 Información y tramitación de las solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas bien de forma presencial o vía web.

2.1.4 Información y tramitación de las solicitudes de devoluciones de ingresos indebidos.

2.1.5 Información necesaria para la presentación de recursos, peticiones, sugerencias, aportación de datos requeridos en un expediente.

2.1.6 Información sobre el estado de tramitación de recursos o reclamaciones presentadas.

2.1.7 Información y tramitación para la suspensión del procedimiento cobratorio.

2.1.8 Información sobre el estado de sus deudas.

2.1.9 Información y puesta a disposición, previa petición del interesado, de su expediente de cobro (en especial en vía de apremio), con el fin de facilitarle el ejercicio de sus derechos en la presentación de recursos, reclamaciones.

2.1.10 Información y asistencia en materia catastral y recogida documentos catastrales para su posterior remisión a la Gerencia del Catastro correspondiente.

2.1.11 Informar a los contribuyentes de los puntos interactivos de información tributaria.

3. Recogida de alegaciones y documentación manifestadas y/o presentados por los contribuyentes, y su posterior plasmación en las diligencias correspondientes.

4. Registro y recogida de la documentación presentada, canalizándola a su correspondiente destino.

 

DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

1) Derechos en todos los procedimientos tributarios:

• A ser informado y asistido por el SPRyGT en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias:

Mediante anuncios y publicaciones recogidos en nuestra pagina Web y folletos informativos.
En nuestras oficinas (oficinas) podrá realizar cualquier consulta sobre su expediente, resolviéndose en el menor tiempo posible, y se le ayudara a cumplimentar cualquier documento con incidencia tributaria.

• El contribuyente tiene derecho a que se le otorgue un trato respetuoso, presentando las quejas que considere oportunas y necesarias para mejorar nuestro servicio.

• El contribuyente tiene derecho a conocer la identidad del personal del SPRyGT ante cualquier consulta, trámite o solicitud que se le formule o presente.

• El contribuyente tiene derecho al carácter reservado de sus datos tributarios teniendo todo nuestro personal el deber de secreto profesional sobre los mismos, como consecuencia de este derecho el SPRyGT precisara la identificación de los ciudadanos, antes de proceder a dar información sobre dichos datos.

• El contribuyente tiene derecho a formular alegaciones y aportar documentos que serán tenidos en cuenta por los órganos competentes en la tramitación y resolución de su expediente.

• El contribuyente tiene derecho a ser oído antes de la resolución de su expediente.

• El contribuyente tiene derecho a que las liquidaciones, recursos, actos denegatorios de la suspensión de una deuda sean motivadas por el SPRyGT, debiendo este de exponer detalladamente el sentido de su decisión.

 
2) Derechos en el procedimiento de Inspección:

• El contribuyente tiene derecho a ser informado al inicio de las actuaciones de comprobación e investigación, acerca de la naturaleza y alcance de las mismas, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones y a que se desarrollen en los plazos previstos legalmente.

 
3) Derechos en el procedimiento de Recaudación:

• A solicitar la suspensión de los actos dictados por el SPRyGT en los supuestos legalmente establecidos, presentado la garantía exigida en los mismos.

• A la no enajenación de los bienes y derechos embargados, hasta que los recursos, si los hubiera, no se hubiesen resueltos.

• A la no ejecución de las sanciones interpuestas, sin necesidad de presentar garantía, hasta que los recursos, si los hubiera, no se hubiesen resueltos.

 
4) Derecho de devoluciones y reembolsos:

• A obtener las devoluciones de ingresos indebidos y las devoluciones de oficio que procedan, con abono del interés de demora previsto.

• A ser reembolsado del coste de los avales y otras garantías aportadas para suspender la ejecución de una deuda, en cuanto ésta sea declarada improcedente por sentencia o resolución administrativa firme.

 
5) Derecho a recurrir:

• El contribuyente podrá recurrir los actos dictados por el SPRyGT, en la notificación de los mismos se le indicara los recursos procedentes, el plazo de interposición y el órgano ante el cual debe de interponerse.