Subvenciones Cultura 2022

Subvenciones Cultura 2022

Ampliado el plazo de justificación de subvenciones hasta el día 29 de octubre (incluido).

Fase de justificación


Tras la publicación de la propuesta de resolución definitiva de beneficiarios/as de subvención el pasado 14 de septiembre de 2022, se abre el plazo para la justificación de los proyectos realizados.

El plazo de justificación estará abierto hasta el 14 de octubre de 2022 (inclusive).

El procedimiento para justificar es el siguiente:

  1. Cumplimenta el Anexo 4 (memoria económica y cuenta justificativa) y el Anexo 5 (declaración responsable), conviérte ambos anexos a formato pdf y fírmalos con el certificado digital del solicitante de la subvención. Tienes accesible para descarga los anexos 4 y 5 en la columna derecha de esta página.

  2. Prepara el resto de documentación a aportar siguiendo lo establecido en la base 13 de la convocatoria de subvenciones (tienes disponible el edicto con la convocatoria en la columna de la derecha): memoria técnica del proyecto, facturas, justificantes bancarios de ingreso, etc. Deben estar en formato pdf para que la sede nos permita su visualización.

  3. Accede a la sede electrónica de Diputación Provincial de Cádiz https://sede.dipucadiz.es/ y sigue esta ruta: Trámites disponibles – Áreas temáticas - Organismos dependientes - Fundación Provincial de Cultura – Formulario de propósito general (Cultura).

  4. Rellena el formulario de propósito general y adjunta los anexos 4 y 5 junto al resto de documentación.

Recuerda conservar el justificante de presentación electrónica que genera la sede electrónica.

Una vez recibida y analizada la documentación presentada, nos pondremos en contacto contigo a través de correo electrónico en caso de necesitar alguna aclaración o documentación complementaria. Tras nuestra comunicación, tendrás un plazo de 5 días hábiles para subsanar cualquier anomalía.


Propuesta de resolución definitiva de subvenciones de cultura

Publicada en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial la propuesta de resolución definitiva de subvenciones de cultura con el listado de admitidos, excluidos y no admitidos. Se abre un plazo de 10 días naturales (del 15 al 24 de septiembre de 2022) para comunicar la aceptación, renuncia o reformulación de la subvención mediante la presentación del Anexo 3 a través de la sede electrónica de Diputación. 

Descargar Anexo 3 (formato word) 

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Descargar propuesta de resolución definitiva

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Propuesta de resolución provisional de subvenciones de cultura

Publicada en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial la propuesta de resolución provisional de subvenciones de cultura. Se abre un plazo de 10 días naturales para presentar alegación, referida únicamente a la valoración otorgada al proyecto. La alegación podrá presentarse a través de la sede electrónica de la Diputación.

Acceso al tablón de anuncios y edictos de Diputación

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Descargar propuesta de resolución provisional

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Relación provisional de solicitudes admitidas, inadmitidas y con requerimiento de subsanación de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Fundación Provincial de Cultura para el ejercicio 2022

Publicada en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial de Cádiz la relación provisional de solicitudes admitidas, inadmitidas provisionalmente y con requerimiento de subsanación de documentación.  

Acceso al tablón de anuncios y edictos de Diputación

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Descargar edicto de subsanación

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Plazo de subsanación 

El plazo para presentar subsanación de documentación estará abierto del 30 de junio al 11 de julio de 2022 (inclusive).


Convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Fundación Provincial de Cultura para el ejercicio 2022

Abierto el plazo para la presentación de solicitud de ayuda para la financiación de proyectos de índole cultural realizados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2022 (plazo improrrogable).

Todas las actuaciones referentes a la presente convocatoria se publicarán tanto en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial de Cádiz como en la web de la Fundación Provincial de Cultura en esta misma página.

Podéis encontrar toda la información en las bases de la convocatoria pública publicadas en el BOP nº 075 del 22 de abril de 2022, no obstante, os dejamos un resumen con la información que consideramos más relevante.

Plazo de presentación de solicitudes

Del 23 de abril al 23 de mayo de 2022, ambos inclusive (20 días hábiles)

Finalidades de la convocatoria

La puesta en valor del patrimonio cultural de la provincia de Cádiz.

La dinamización de la vida cultural del municipio.

La creación basada en la innovación, la fusión de culturas y el uso novedoso de las tecnologías en cualquier disciplina artística o modalidad creativa.

La modernización y el desarrollo del sector de las ICC de la provincia de Cádiz.

Líneas de actuación y beneficiarios/as

Se establecen 3 líneas de actuación: 

Línea 1: Actuaciones para la dinamización cultural de la localidad

A esta línea de actuación podrán presentar proyecto las entidades jurídico-privadas sin ánimo de lucro.

Los proyectos deben estar relacionados con:

La gastronomía, la artesanía, las artes escénicas (teatro, danza, circo, magia), la creación literaria, el fomento de la lectura y la narración oral, las artes plásticas y visuales, la música, la cinematografía y el sector audiovisual.

Actividades para la conmemoración de acontecimientos relevantes.

Investigaciones y publicaciones impresas y/o digitales.

Actividades formativas como talleres, ciclos de conferencias, jornadas y encuentros.

Muestras o exposiciones, individuales o colectivas, así como ferias y festivales.

Actividades para la puesta en valor del patrimonio cultural tangible e intangible (rituales festivos, oficios/saberes, modos de expresión, alimentación/cocinas) de la provincia de Cádiz.

Línea 2: Actuaciones y proyectos de creación artística y producción cultural

A esta línea de actuación podrán presentar proyecto las personas físicas, quedando excluidas las personas físicas inscritas en el régimen especial de trabajadores/as autónomos/as, que podrán presentar proyecto a la línea 3.

Los proyectos podrán ser de cualquier ámbito artístico/creativo y deben estar relacionados con:

La innovación, la originalidad y la fusión de culturas, especialmente los dirigidos a la difusión del patrimonio cultural, tangible e intangible de la provincia de Cádiz.

La generación de productos culturales innovadores enfocados al desarrollo de la provincia de Cádiz.

La apuesta por la digitalización y el uso de las tecnologías en productos y servicios.

Línea 3: Actuaciones y proyectos para el desarrollo de las ICC (Industrias Culturales y Creativas)

A esta línea de actuación podrán presentar proyecto las empresas del sector privado con menos de diez asalariados/as así como personas físicas inscritas en el régimen rspecial de trabajadores/as autónomos/as, mayores de 18 años, que pertenezcan a alguno de los sectores económicos de las ICC.

Los proyectos presentados a esta línea deben estar dirigidos a:

La cooperación empresarial y la creación de vínculos entre empresas culturales y otros agentes.

El planteamiento de nuevos modelos de negocio, productos, servicios y/o estrategias relacionadas con la cultura.

La modernización, innovación y desarrollo tecnológico del sector de las ICC mediante la digitalización.

Condiciones y cuantías

Cada solicitante podrá presentar un solo proyecto en la presente convocatoria y la ayuda máxima por beneficiario será de: mil quinientos euros (1.500,00 €) para proyectos presentados a línea 1 y cuatro mil euros (4.000,00€) para los presentados a las líneas 2 y 3.

Es condición inexcusable para la admisión del proyecto que éste sea económicamente viable y que, independientemente de su procedencia, guarde relación directa con la provincia de Cádiz.

El presupuesto total disponible es ciento treinta mil euros (130.000,00 €), desglosado en las cuantías que se indican a continuación: 

Línea 1.-90.000 €. Aplicación presupuestaria 07/334AB/48001

Línea 2.-15.000 €. Aplicación presupuestaria 07/334AB/48002

Línea 3.-25.000 €. Aplicación presupuestaria 07/334AB/47901

Obligaciones de los beneficiarios (ver punto 6.2 de la Convocatoria)

Entre las distintas obligaciones de los solicitantes y/o beneficiarios de la subvención destacan las siguientes:

- Relacionarse electrónicamente con la Administración, de acuerdo a lo establecido en la disposición adicional quinta del Reglamento Electrónico de la Diputación de Cádiz.

- Hacer constar, en cualquier acto, documentación pública, acción de difusión (especialmente en redes sociales y medios electrónicos) y cualquier elemento publicitario impreso o digital, que el proyecto está subvencionado por la Fundación Provincial de Cultura, circunstancia que deberá acreditarse posteriormente en el trámite de justificación. 

Solicitudes (ver punto 8 de la Convocatoria)

Para la presentación de solicitud se recomienda el uso de los navegadores Firefox o Google Chrome.

La solicitud (Anexo 1) y la declaración responsable (Anexo 2) deben presentarse de forma electrónica, acompañada del resto de documentación (ver punto 9 de la convocatoria), en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles, accediendo a:

Áreas Temáticas - Subvenciones - Fund. Prov. Cultura

Los anexos son autorrellenables online en la sede electrónica de Diputación, no obstante podéis descargarlos en la parte derecha de esta pantalla.

Además de la solicitud y la declaración responsable es obligatoria la presentación del dossier del proyecto. Durante el plazo de presentación de solicitudes, podrás adjuntar el resto de documentación administrativa, accediendo al trámite ya generado en sede electrónica.

Importante! para las líneas 1 y 3, la documentación debe presentarse con el certificado digital de la asociación o persona jurídica interesada no admitiéndose certificados digitales de persona física, aunque se trate del representante de la entidad. La línea 2, debe presentar la solicitud con el certificado digital de persona física.

El correo electrónico consignado en la solicitud será el único autorizado para las distintas comunicaciones de la Fundación Provincial de Cultura. Cualquier cambio, debe comunicarse formalmente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial, utilizando el certificado digital de la entidad o persona solicitante.

Dossier del proyecto (ver punto 9 de la Convocatoria)

El dossier se presentará en formato PDF, en un máximo de 10 páginas (máx. 20 Mb). El punto 9 de la convocatoria recoge los aspectos obligatorios que debe reflejar el dossier o memoria descriptiva de la actuación. 

Gastos subvencionables y no subvencionables (ver punto 14 de la Convocatoria)

Los gastos subvencionables se regirán por lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Importante! todo lo relativo a los gastos que se consideran subvencionables y no subvencionables quedan reflejados en el punto 14 de la Convocatoria. Es fundamental leer bien lo que establecen las bases respecto de la categoría de gastos que pueden subvencionarse y los que no. 

Subsanación de documentación (ver punto 10 de la Convocatoria)

Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes se publicará en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial la resolución provisional de admitidos/excluidos con indicación de la documentación a subsanar y se abrirá un plazo de 10 días naturales para subsanar errores y aportar documentación. 

Comisión y criterios de valoración (ver punto 12.2 de la Convocatoria)

Una vez finalizado el plazo de subsanación de documentación, la comisión de valoración integrada por personal técnico y del departamento de administración de la Fundación Provincial de Cultura, será la responsable de baremar las solicitudes admitidas en base a los criterios establecidos en las bases de la convocatoria, emitiendo un informe en el que se indicará la puntuación y la cuantía económica obtenida por cada proyecto, así como las causas de exclusión.

Propuesta de resolución provisional (ver punto 12.3 de la Convocatoria)

El informe de la comisión de valoración permitirá la publicación de la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, abriéndose un plazo de 10 días naturales para la presentación de alegaciones a través de la sede electrónica de la Diputación, referidas únicamente a dicha valoración

Propuesta de resolución definitiva (ver puntos 12.4 y 12.5 de la Convocatoria)

Examinadas las alegaciones presentadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que se publicará en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial abriéndose un plazo de 10 días naturales para que los interesados comuniquen la aceptación de la subvención, la renuncia o la reformulación de la actuación.

Importante! en esta convocatoria 2022 se permite la reformulación de la actuación siempre y cuando esta no haya sido realizada y se respete el objeto, condiciones y finalidad de la actuación presentada. La documentación a presentar y los requisitos para que la reformulación sea admitida, quedan definidas en el punto 12.5 de la Convocatoria.

Cuando la reformulación no sea aceptada por la comisión de valoración se emitirá resolución denegatoria, publicándose en el tablón de anuncios y edictos de la Diputación Provincial, abriéndose un plazo de 5 días naturales para que el beneficiario, acepte o rechace la subvención inicialmente propuesta.

Resolución definitiva (ver punto 12.7 de la Convocatoria)

Una vez finalizados los plazos para la aceptación, renuncia o reformulación, se publicará, por acuerdo de la presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, la resolución definitiva en el tablón de anuncios y edictos. Este acuerdo es definitivo en vía administrativa.

Justificación de la subvención (ver punto 13 de la Convocatoria)

El plazo máximo para presentar el resultado del proyecto y la cuenta justificativa será el 14 de octubre de 2022. Se abrirá un plazo de 5 días hábiles, para la subsanación de cualquier anomalía detectada en la justificación, a contar desde el momento en el que la Fundación Provincial de Cultura comunique al beneficiario los elementos a subsanar, a través del correo electrónico consignado en su solicitud.

Todo lo referido a la forma de justificar la subvención otorgada, queda reflejado en el punto 13 de la Convocatoria.

Importante! las facturas relativas al proyecto subvencionado deben ser originales, estar estampilladas y estar emitidas dentro del plazo de ejecución del proyecto (1 de enero de 2022 al 30 de septiembre de 2022). Además, deben acompañarse de los justificantes de pago o certificaciones bancarias. Todos los gastos justificados deberán estar pagados como máximo antes de acabar el plazo de justificación. Los certificados de las entidades bancarias deberán tener fecha dentro del plazo de justificación (hasta 14 de octubre de 2022). Hasta que no se presenten los citados documentos no se entenderá justificada plenamente la subvención.


Iremos actualizando la información en esta web a medida que el proceso avance.

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Más información

Enlace al BOP con la convocatoria

https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2022/04_abril/BOP075_22-04-22.pdf#page=19

Sede electrónica 

https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles 

Enlace al Tablón de Edictos

https://sede.dipucadiz.es/edictos/edicto/buscar-edictos-filtro-pub?primeraBusqueda=true


Contacto 

Administración 

Mª Ángeles Díaz Zájara
T: 956 210 003 / 956 211 269
madiaz@dipucadiz.es

Técnica responsable 

Amaya Pedrero
T: 956 211 978 / 956 211 269
apedrero@dipucadiz.es 

Modelos para la difusión del proyecto

Según el punto 6.2 de las bases de la convocatoria, es obligación del beneficiario de la ayuda hacer constar, en cualquier acto, documentación publica o acción de difusión del proyecto o actividad subvencionada, que está subvencionada por la Fundación Provincial de Cultura. A tales efectos, la Fundación facilitara los modelos correspondientes.

Podéis acceder a los modelos aquí

- Modelos para publicidad impresa

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- Modelos para publicidad en redes y medios digitales

      - Formato JPG

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      - Formato PNG

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Documentos:

Anexos para justificación

Anexos 4 y 5

Propuesta resolución definitiva - 15 septiembre 2022

Resolución definitiva

Edicto Subsanaciones - 29 de junio de 2022

Edicto Subsanaciones 2022

Anexo I - Formato Word

Anexo I Word

Anexo I - Formato pdf

Anexo I pdf

Anexos

Anexos Subvenciones 2022

Edicto

Edicto Subvenciones 2022

Resolución

Resolución provisional