Convocatoria Subvenciones Concurrencia Competitiva 2019

Convocatoria Subvenciones Concurrencia Competitiva 2019

Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social

Convocatoria de Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social

“AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA  DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL, DEL EJERCICIO 2019.

Con fecha 13 de noviembre de 2019, la presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz ha dictado resolución de ampliación de los plazos de ejecución y justificación de la Convocatoria de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social, del ejercicio 2019.

Nuevo plazo de ejecución:  hasta el 29 de febrero de 2020.

Nuevo plazo de Justificación: hasta el 31 de marzo de 2020.”

 

Edicto ampliación del Plazo y de las Justificaciones de la Convocatoria de Subvenciones en régimen de Concurrencia Competitiva del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación de Cádiz

 

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DEL ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA EL EJERCICIO 2019, DESTINADA A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

  (El plazo de presentación de solicitudes es desde el 27 de marzo hasta el 16 de abril)

 

17 de mayo

LISTADO PROVISIONAL DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS"

(Descargar documento)

 

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 17 de mayo de 2019.

 

Lista Provisional de entidades admitidas y excluidas a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro.

 

De conformidad con la base Quinta de las Bases Reguladoras y Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro, se concede un plazo de 10 días, para que se subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá por desistida de la petición, archivándose sin más trámite, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Plazo para subsanar: Del 17 al 31 de mayo de 2019”

 

 

12 de junio

 

 

LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 12 de junio de 2019.

 

Lista definitiva de entidades admitidas y excluidas a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro.

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente

 

 1 de agosto

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 31 de julio de 2019.

Propuesta de resolución provisional de la Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social para el ejercicio 2019.

De conformidad con la base Octava de las Bases Reguladoras y Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro, y a la vista del expediente y del informe de la Comisión Técnica de Valoración, se formula la siguiente propuesta de resolución provisional, concediéndose un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Plazo para presentar alegaciones: Del 1 al 14 de agosto de 2019

 

29 de agosto

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, ACEPTACIÓN Y REFORMULACIÓN

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 28 de agosto de 2019.

Propuesta de resolución definitiva, aceptación y reformulación de la Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social para el ejercicio 2019.

De conformidad con la Base Octava de las Bases reguladoras y convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro, se formula la siguiente propuesta de resolución definitiva, concediéndose un plazo de 10 días para que las entidades comuniquen su aceptación.

Cuando el importe de la subvención propuesta sea inferior al que figura en la solicitud presentada, las entidades podrán reformular su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones del proyecto a la subvención otorgable. En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes o peticiones. En el supuesto de que, por condiciones específicas de concesión, por su cuantía, por las obligaciones que deba cumplir, la entidad beneficiaria estime que no es posible llevar a cabo el proyecto que se subvenciona, podrá renunciar a la misma.

Si transcurrido el plazo otorgado para aceptar y reformular, las entidades no hubieran realizado dicho trámite, se considerará que se renuncia a la subvención por la entidad beneficiaria, archivándose su solicitud.

Plazo para aceptar y reformular: Del 29 de agosto al 11 de septiembre de 2019

 

27 de septiembre

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA EL EJERCICIO 2019, DESTINADA A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO 

Publicada en el Tablón de Edictos Digital de 27 de septiembre de 2019

PULSE AQUÍ PARA VER LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente

 

 

Documentación

 

Anexo I y II. Solicitud y Declaración Responsable

Anexo III. Aceptación. Reformulación o Renuncia de la Aceptación

Anexo IV. Cuenta Justificativa

Hoja de Terceros

 

 

 

 

 

 

17 de mayo

LISTADO PROVISIONAL DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS"

(Descargar documento)

 

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 17 de mayo de 2019.

 

Lista Provisional de entidades admitidas y excluidas a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro.

 

De conformidad con la base Quinta de las Bases Reguladoras y Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro, se concede un plazo de 10 días, para que se subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá por desistida de la petición, archivándose sin más trámite, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Plazo para subsanar: Del 17 al 31 de mayo de 2019”

 

 

12 de junio

 

 

LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 12 de junio de 2019.

 

Lista definitiva de entidades admitidas y excluidas a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro.

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente

 

 1 de agosto

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 31 de julio de 2019.

Propuesta de resolución provisional de la Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social para el ejercicio 2019.

De conformidad con la base Octava de las Bases Reguladoras y Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro, y a la vista del expediente y del informe de la Comisión Técnica de Valoración, se formula la siguiente propuesta de resolución provisional, concediéndose un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Plazo para presentar alegaciones: Del 1 al 14 de agosto de 2019

 

29 de agosto

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, ACEPTACIÓN Y REFORMULACIÓN

Publicado en Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Cádiz el día 28 de agosto de 2019.

Propuesta de resolución definitiva, aceptación y reformulación de la Convocatoria Pública de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social para el ejercicio 2019.

De conformidad con la Base Octava de las Bases reguladoras y convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz para el ejercicio 2019, destinada a entidades sin ánimo de lucro, se formula la siguiente propuesta de resolución definitiva, concediéndose un plazo de 10 días para que las entidades comuniquen su aceptación.

Cuando el importe de la subvención propuesta sea inferior al que figura en la solicitud presentada, las entidades podrán reformular su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones del proyecto a la subvención otorgable. En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes o peticiones. En el supuesto de que, por condiciones específicas de concesión, por su cuantía, por las obligaciones que deba cumplir, la entidad beneficiaria estime que no es posible llevar a cabo el proyecto que se subvenciona, podrá renunciar a la misma.

Si transcurrido el plazo otorgado para aceptar y reformular, las entidades no hubieran realizado dicho trámite, se considerará que se renuncia a la subvención por la entidad beneficiaria, archivándose su solicitud.

Plazo para aceptar y reformular: Del 29 de agosto al 11 de septiembre de 2019

 

27 de septiembre

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA EL EJERCICIO 2019, DESTINADA A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO 

Publicada en el Tablón de Edictos Digital de 27 de septiembre de 2019

PULSE AQUÍ PARA VER LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente

 

 

Documentación

 

Anexo I y II. Solicitud y Declaración Responsable

Anexo III. Aceptación. Reformulación o Renuncia de la Aceptación

Anexo IV. Cuenta Justificativa

Hoja de Terceros