Concesión de subvenciones a entidades locales, destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas

Concesión de subvenciones a entidades locales, destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas

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  • Fecha fin: 

 

La finalidad de estas subvenciones es fomentar el desarrollo de planes y proyectos que contribuyan a impulsar el control poblacional de colonias felinas mediante el método ético de captura, esterilización y retorno (en adelante, CER), facilitar la disminución de los riesgos de extensión de enfermedades por estas, mejorar las condiciones de vida y alimentación de los animales que las componen, así como la formación o concienciación al respecto.

 

CONVOCATORIA PENDIENTE

Objeto de la convocatoria

La concesión de subvenciones destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar el desarrollo de planes y proyectos que contribuyan a impulsar el control poblacional de colonias felinas mediante el método ético de captura, esterilización y retorno (en adelante, CER), facilitar la disminución de los riesgos de extensión de enfermedades por estas, mejorar las condiciones de vida y alimentación de los animales que las componen, así como la formación o concienciación al respecto.

 

Esta actuación es financiada mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

 

Tipo de ayuda

Subvención.

 

Procedimiento de concesión

Concurrencia competitiva

 

Beneficiarios

Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta orden las siguientes entidades locales:

 1.Los ayuntamientos que dispongan de programa de gestión ética ya establecido o aprobado por la entidad local.

 2.Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, las comarcas, mancomunidades, u otras entidades que agrupen varios municipios, siempre que los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto dispongan de un programa de gestión ética ya establecido o aprobado por la entidad local.

 

Publicación oficial

 BOE 03/01/2023

PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

SITIO WEB CONVOCATORIA

https://www.mdsocialesa2030.gob.es/en/derechos-animales/subvenciones-ayuntamientos.htm

ÁMBITO GEOGRÁFICO

España

ORGANISMO GESTOR

Dirección General de Derechos de los Animales, Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

PRESUPUESTO DISPONIBLE

 

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

a)Proyectos para la realización de cirugías de esterilización que disminuyan la extensión y proliferación de colonias felinas.

 b) Proyectos destinados a la realización de acciones profilácticas, como la desparasitación o vacunación de individuos de las colonias felinas, con objeto de disminuir los riesgos de extensión de enfermedades.

 c) Proyectos destinados a mejorar las condiciones de vida y alimentación de los individuos de las colonias felinas.

d) Proyectos dirigidos a la formación del personal municipal o a la concienciación de la población en el respeto a las colonias felinas.

COSTES SUBVENCIONABLES

Las potenciales entidades beneficiarias deberán presentar una solicitud de subvención única que podrá desglosarse en anualidades y englobar una o varias de las categorías de gastos indicadas a continuación:

a)Gastos dirigidos a la implantación del método CER:

 1.º) Inversión para adquisición de jaulas trampa u otros materiales de captura, y transporte de gatos.

2.º) Gastos para realización de cirugías de ovariohisterectomía y orquiectomía.

b) Gastos destinados al tratamiento veterinario de los individuos de las colonias felinas:

 1.º) Gastos en implantación de microchip de los individuos de la colonia.

2.º) Gastos en desparasitación y vacunación de los individuos de la colonia.

3.º) Gastos en atención veterinaria de gatos de colonias felinas heridos o enfermos.

 c) Gastos dirigidos al acondicionamiento de las colonias felinas existentes en el municipio:

 1.º) Gastos en mobiliario y sistemas de alimentación para la colonia.

2.º) Gastos en pienso para mantenimiento de las colonias.

d) Gastos dirigidos a la sensibilización de la población respecto de las colonias felinas:

 1.º) Información a la población mediante la realización de campañas en cualquier formato dirigidas a difundir la gestión de poblaciones felinas y permitir la integración en el entorno municipal.

2.º) Inversión para la formación del personal del ayuntamiento en el manejo, y gestión de las colonias felinas.

Serán subvencionables aquellos gastos en los que la entidad beneficiaria incurra durante el año natural inmediatamente posterior al de la convocatoria.

CUANTÍA DE LA AYUDA

El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable, conforme al siguiente orden de prelación:

 a) Proyectos dirigidos a la implantación del método CER: 100 por ciento.

b) Proyectos dirigidos al tratamiento veterinario de los individuos de las colonias felinas: 80 por ciento.

c) Proyectos dirigidos al acondicionamiento de las colonias felinas existentes en el municipio: 60 por ciento.

d) Proyectos dirigidos a la sensibilización de la población respecto de las colonias felinas: 60 por ciento.

El importe de la financiación para cada proyecto no podrá ser superior al 5 por ciento del crédito presupuestario disponible, salvo que, distribuida dicha cantidad entre todos los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos en el apartado anterior, hubiese un remanente, en cuyo caso se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por cada proyecto.

En cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES.

Serán de aplicación los siguientes criterios de evaluación para cada uno de los proyectos presentados:

a) Proyectos integrales que conlleven varios tipos. Integración en los proyectos de varias de las categorías de gasto de entre las establecidas en el artículo 18, apartados 1 a 4 (0 a 10 puntos).

1.º) Si el proyecto incluye actuaciones de al menos dos categorías de gasto subvencionable: 5 puntos.

2.º) Si el proyecto incluye actuaciones de al menos tres categorías de gasto subvencionable: 7 puntos.

3.º) Si el proyecto incluye actuaciones de las cuatro categorías del gasto subvencionable: 10 puntos

b) Proyectos supramunicipales que engloben una pluralidad de municipios y tengan un mayor impacto territorial, teniendo un carácter tractor (0 a 10 puntos).

1.º) Si el proyecto tiene un alcance territorial de al menos dos municipios: 1 punto.

2.º) Si el proyecto tiene un impacto territorial que alcance entre tres y cinco municipios: 3 puntos.

3.º) Si el proyecto abarca entre seis y ocho municipios: 5 puntos.

4.º) Si el proyecto abarca entre nueve y diez municipios: 7 puntos.

5.º) Si el proyecto abarca más de diez municipios: 10 puntos.

c) Calidad del proyecto presentado. Viabilidad técnico-comercial y económico- financiera de la propuesta presentada atendiendo, al menos, a los siguientes criterios (0 a 5 puntos):

1.º) Previsión de ingresos y gastos (hasta 2 puntos).

2.º) Adaptabilidad de la propuesta como solución al problema y/o necesidad que se busca resolver. Se valorará la exposición del problema, calidad del diagnóstico y claridad en la identificación del problema y las necesidades que se espera resolver y cómo el proyecto actuará de forma positiva sobre el problema en su totalidad o en parte (hasta 3 puntos).

3.º) Por la combinación de los dos criterios anteriores (5 puntos).

d) Proyectos que incluyan algunos de los siguientes elementos (0 a 65 puntos):

1.º) Un censo previo del número de individuos existentes en las colonias felinas del municipio (10 puntos).

2.º) Establecimiento de programas CER de alta intensidad: plan de acción que implique intervención en menos de seis meses de más del 50% de los gatos censados en una o varias zonas del municipio (10 puntos).

3.º) Identificación de los gatos con microchip a nombre del ayuntamiento (10 puntos).

4.º) Programa de atención de gatos enfermos o heridos (10 puntos).

5.º) La participación de veterinarios asociados o disponibles (5 puntos).

6.º) La participación de asociaciones o entidades de protección animal (5 puntos).

7.º) Planes de formación de voluntariado de gestores de colonias (5 puntos).

8.º) Expedición y establecimiento de un sistema de identificación de voluntariado mediante documento identificativo de gestor de colonias (5 puntos).

9.º) Existencia o previsión de nombramiento de un agente intermediador entre el ayuntamiento y los vecinos, para resolución de conflictos que generen las colonias felinas (5 puntos).

REGULACIÓN

BASES REGULADORAS