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Funciones de la Asesoría Jurídica

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La Asesoría Jurídica de la Diputación de Cádiz tiene encomendado un doble ámbito de funciones:

Por una parte, como servicio interno o medial, dependiente de la presidencia, tiene encomendados el asesoramiento jurídico, la defensa y, en su caso, la representación en juicio de:

  • La Diputación Provincial (artículo 447.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial).
  • Los organismos autónomos administrativos y empresas públicas dependientes de la Diputación, cuando sus normas propias no prevean otra cosa.
  • Los miembros de la Corporación y empleados al servicio de la misma en procedimientos relacionados con el desempeño de sus puestos, cuando tengan derecho a la asistencia jurídica de acuerdo con la normativa aplicable.

Por otra, como servicio final, la Asesoría Jurídica se integra en los de asistencia municipal y asume las funciones de asistencia jurídica definidas en el artículo 11 de la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, reguladora de las relaciones de las Diputaciones Provinciales con la Junta de Andalucía. La Vicepresidencia Segunda coordina su funcionamiento con el del Servicio de Asistencia Municipal. En este ámbito le corresponde:

  • Informar y asesorar cuantas consultas de carácter jurídico le sean hechas por los Ayuntamientos a través de sus órganos de gobierno. (El asesoramiento en materia económico-financiera, así como de planeamiento, gestión y disciplina urbanística, corresponde al Servicio de Asistencia Municipal).
  • La defensa y, en su caso, representación en juicio de los Entes locales cuando así sea solicitada por aquellos.
  • Asistir a aquellos municipios o entidades locales que carezcan de la infraestructura suficiente para sostener el puesto de trabajo a que se refiere el Art. 92.3.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

 


Acceda a la página del Servicio de Asistencia Municipal desde este enlace.

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