12 de marzo de 2010
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA. 2009
De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 140 de 18 de junio de 2004 y modificación publicada en Boletín Oficial de la Provincia nº 30 de 14 de Febrero de 2006, se efectúa convocatoria pública de subvenciones en materia del Área de Igualdad, que se otorgarán mediante concurrencia competitiva y tendrán como bases reguladoras, además de las contenidas en la Ordenanza mencionada, las siguientes:
1. Objeto, condiciones y finalidad.
Las normas contenidas en la presente convocatoria se aplicarán a la concesión de subvenciones a entidades locales, asociaciones y personas físicas sin ánimo de lucro en el ámbito del Área de Igualdad para el año 2009. Se distinguen 8 modalidades objeto de subvención:
1. Intervención con personas mayores.
2. Intervención y atención a personas con discapacidades físicas o psíquicas.
3. Atención a familias y menores.
4. Programas de intervención y gastos de funcionamiento que potencien actuaciones encaminadas al desarrollo de las políticas de intervención socio-sanitarias.
5. Atención a mujeres reclusas.
6. Erradicación de la violencia de género y la homofobia.
7. Proyectos de políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
8. Acciones y programas complementarios a la actividad asistencial que desarrollan los centros de tratamiento ambulatorio adscritos al Servicio de Drogodependencia de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.
Las subvenciones para intervención con personas mayores, intervención y atención a personas con discapacidades físicas o psíquicas, atención a familias y menores, podrán ser destinadas para la realización de programas, gastos de funcionamiento o para realización de obras de inversión o mejora de equipamientos e instalaciones.
Las subvenciones para la atención a mujeres reclusas y erradicación de la violencia de género y la homofobia van destinadas exclusivamente a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas de autoayuda y campañas dirigidas a la prevención de la homofobia, transfobia y erradicación de la violencia de género.
Las subvenciones para proyectos de políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres están dirigidas exclusivamente a los municipios con población inferior a 20.000 habitantes y a las entidades de ámbito territorial inferior al municipio o entidades locales autónomas y mancomunidades con centros o servicios específicos de atención a la mujer de la provincia de Cádiz, para la realización de programas que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de su ámbito de intervención territorial o que vayan destinados a facilitar la participación social de las mujeres y superar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo. Las subvenciones que se concedan deberán emplearse exclusivamente en la realización de proyectos de actuaciones sin que puedan destinarse a inversiones ni a la financiación de equipamientos. Se admitirá un solo proyecto por entidad solicitante.
Las subvenciones para acciones y programas complementarios a la actividad asistencial que desarrollan los centros de tratamiento ambulatorio están dirigidas a asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y que desarrollen programas de incorporación social con personas en tratamiento en los centros de tratamiento ambulatorio adscritos al Servicio Provincial de Drogodependencias y en coordinación con el mismo.
Cuando se trate de subvenciones referidas a bienes inventariables, la persona o entidad beneficiaria deberá destinarlos al fin para el que se concedieron durante un plazo no inferior a cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público ni a dos años para el resto de los bienes.
Las subvenciones que se concedan deberán destinarse exclusivamente a la realización de actuaciones que estén previstas desarrollarse durante el año 2009.
2. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento.
Corresponde la instrucción del procedimiento a la Diputada Delegada del Área de Igualdad, siendo competente para resolver, poniendo fin a la vía administrativa la resolución que por ésta se dicte.
3. Aplicación presupuestaria.
Para la financiación de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria se destinan las siguientes cantidades:
28.000,00 € Partida: 5001/313C/46200
35.000,00 € Partida: 5001/313C/48000
100.000,00 € Partida: 5003/313GG/48000
100.000,00 € Partida: 5001/313C/78000
90.000,00 € Partida: 5005/323L/46200
60.500,00 € Partida: 5005/323L/48900
30.000,00 € Partida: 5004/313IA/48000
4. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones.
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria serán compatibles con otras que pudiera obtener la entidad o persona beneficiaria fuera del ámbito de la Diputación Provincial. No obstante, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, supere el coste de la actividad a desarrollar.
5. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
Cuando sean asociaciones o personas físicas las solicitantes, además de justificar que cumplen los requisitos generales establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán:
En el caso de ser una entidad local la solicitante le será de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Octava de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el apartado 4 del artículo 1º de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, entendiendo que la subvención a otorgar se enmarca entre las funciones de Asistencia y Cooperación Municipal. En este caso se deberá presentar Certificado del Acuerdo Corporativo mediante el cual se aprueba la solicitud de subvención.
6. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.
Las solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que acompaña al anuncio de esta convocatoria podrán presentarse en el Registro General de esta Diputación, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el mes siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
No será válida la presentación de la solicitud en los registros de las entidades que integran la Administración Local, debido a la no existencia de convenio alguno entre estas y la Diputación Provincial.
Cuando la solicitud se envíe por correo:
a) Será imprescindible justificar la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos. Sin la concurrencia de este requisito, siempre que la fecha de imposición esté dentro del plazo de presentación de solicitudes, no será admitida la solicitud si es recibida por el Área con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalada en la convocatoria.
b) Además se deberá comunicar al Área de Igualdad el envío de solicitud por correo, en el mismo día que éste se haya producido, remitiendo mediante fax al número 956 240142 copia del resguardo o resguardos y correspondiente modelo de solicitud remitido.
En el caso de apreciarse defectos en las solicitudes se hará saber a la persona o entidad solicitante para su subsanación en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la recepción del escrito por el que se les comunica la necesidad de subsanar las deficiencias, cuando los documentos requeridos se envíen por correo se deberá seguir el procedimiento expuesto en el párrafo anterior. Caso de no hacerlo se tendrá por desistido de su petición.
7. Documentos e informaciones que deben acompañarse.
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
1º.- Modelo de solicitud (Anexo I)
2º.- Descripción de la actuación para la que se solicita la subvención, que debe incluir:
a) Denominación y designación de la persona responsable del mismo.
b) Justificación, con descripción de la problemática sobre la que pretende incidir, su población beneficiaria y sus objetivos generales y específicos.
c) Fecha de inicio y finalización.
d) Metodología y actividades a desarrollar con su calendario previsto.
e) Presupuesto estimado indicando en su caso las subvenciones aportadas por otras entidades.
f) Compromiso de la Entidad solicitante de hacer constar, en toda la información o publicidad que se haga del Proyecto subvencionado, la colaboración del Área de Igualdad de la Diputación Provincial de Cádiz, así como el logotipo de la entidad corporativa. Dicha publicidad no deberá hacerse pública sin recibir el conforme del Área. Así mismo, dicho compromiso, incluirá la obligación de informar al Área de Igualdad de la Diputación de Cádiz de la programación y temporalización definitiva del proyecto subvencionado, con las posibles modificaciones de las que pudiera ser objeto.
3º.- Informe sobre los recursos humanos, materiales y financieros que se comprometen a aportar las entidades solicitantes para la realización del proyecto.
4º.- Justificación de no concurrencia de las circunstancias enumeradas en el art. 13. aptdo. 2, párrafos a),b),c),d),f),g),h) y 3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en el apartado 7 del mismo artículo.
5º.- Certificación acreditativa de estar al corriente con la Seguridad Social, la cual deberá estar vigente a la entrega de la justificación económica del proyecto o en su defecto declaración responsable, en cuyo caso, se requerirá, con anterioridad a la propuesta de resolución, definitiva, la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración.
6º.- Certificación acreditativa de estar al corriente en las obligaciones tributarias incluidas las de esta Diputación Provincial, la cual deberá estar vigente, a la entrega de la justificación económica del proyecto o en su defecto declaración responsable, en cuyo caso, se requerirá, con anterioridad a la propuesta de resolución, definitiva, la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración.
7º.- Declaración de no tener pendiente la justificación de subvenciones anteriores concedidas por la Diputación Provincial cuyo plazo para ello haya concluido.
8º.- Cualquier modificación que afecte al objetivo o desarrollo del proyecto subvencionado, deberá ser comunicado por escrito a esta área, para su posible autorización o denegación.
En el caso ser una entidad local, no serán necesarios cumplimentar los apartados 3º, 4º y 5º, pudiendo acogerse a la base 5ª de esta convocatoria.
8. Criterios de valoración de las solicitudes.
1º.- La incidencia social del proyecto propuesto, valorándose especialmente el número de posibles personas beneficiadas.
2º.- La aportación económica, humana y material que la entidad o persona solicitante aporte.
3º.- El carácter innovador de las actividades que se programan.
4º.- El grado de cumplimiento que la entidad solicitante hubiera alcanzado en anteriores convocatorias.
5º.- La variedad y complementariedad del proyecto presentado respecto a los años anteriores.
6º.- Incluir la perspectiva de género en el proyecto.
7º.- Encontrarse redactado en un lenguaje no sexista y no excluyente.
9. Plazo de resolución y notificación.
El órgano instructor, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a entidades y personas interesadas en el lugar que se haya indicado en la solicitud como domicilio, por correo certificado, concediéndosele un plazo de 15 días para presentar alegaciones, así como para acreditar la realidad de los datos contenidos en las declaraciones responsables que se recogen en la cláusula 7 de estas bases.
Examinadas estas alegaciones, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes para quienes se propone la concesión de subvención y su cuantía, siguiendo los criterios de valoración establecidos en la cláusula 8.
El expediente de concesión de subvenciones contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que las entidades y personas beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
La propuesta de resolución definitiva, cuando difiera de la cantidad solicitada, se notificará a las entidades o personas propuestas como beneficiarias en la fase de instrucción, para que en el plazo de 10 días comuniquen su aceptación.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor de las entidades o personas beneficiarias, frente a la Administración, mientras no se les haya notificado la resolución de concesión.
Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, y de acuerdo con lo previsto en el art. 89 de la L. 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, y, en esta convocatoria el órgano competente resolverá el procedimiento.
La resolución, además de contener la relación de solicitantes a quienes se concede la subvención, hará constar en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia en los términos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 90 días contados a partir de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las entidades o personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
10. Forma y secuencia del pago, y requisitos exigidos para el abono.
Con carácter general las subvenciones serán abonadas tras recibirse en la Diputación Provincial los documentos justificativos del gasto realizado. En el caso de ser asociaciones o personas físicas y previo al pago deberán justificar hallarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Diputación Provincial y Seguridad Social, así como de la justificación y reintegro de subvenciones concedidas anteriormente por la Diputación Provincial o sus organismos autónomos.
11. Plazo y forma de justificación.
La justificación del gasto realizado deberá presentarse ante la Diputación Provincial, como máximo el día 16 de noviembre de 2009, no admitiéndose justificación alguna que se presente con fecha posterior. En todo caso, a la finalización de la ejecución del proyecto, deberá presentarse una memoria descriptiva de la actividad desarrollada y subvencionada. La entidad o persona beneficiaria presentará la cuenta justificativa de la subvención indicando persona perceptora, concepto e importe y acompañará los justificantes de gasto correspondientes, así como la memoria justificativa (Anexo III). Todos los documentos acreditativos de los gastos de la actividad subvencionada deberán corresponder al año natural en curso (ejercicio presupuestario de la convocatoria). Los gastos se justificarán tal como se establecen en los apartados 3 y 4 del art. 13 de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación. En particular, en lo que a gastos de personal se refiere, se aportará fotocopia compulsada de las nóminas correspondientes firmadas por la persona perceptora (persona contratada), así como los justificantes correspondientes a cotizaciones de Seguridad Social.
12. Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones.
La Entidad o persona beneficiaria queda comprometida a comunicarlo de inmediato a la Diputación Provincial ( Área de Igualdad ) caso de sobrevenir la imposibilidad de llevarse a cabo la inversión o actividad para la que se hubiera concedido la subvención, al objeto de que pueda procederse a la liberación del crédito contraído.
Igualmente el incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo señalado en esta convocatoria (Aptdo. 11) o el incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención dará lugar a la pérdida del derecho del cobro de la misma.
De la misma manera se procederá a la denegación del pago, ante la negativa o la obstrucción de las actuaciones de control establecidas por Ley.
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
D/Dª. ......................................................................., con N.I.F. nº………………… ... actuando en nombre propio/en representación de la Entidad …….……………………....., con N.I.F. .........................y domicilio a efectos de notificaciones en …………....................., c/……………………………………………………., teléfono de contacto,…………………...., nº fax……………………,
EXPONGO:
Primero.- Que he tenido conocimiento de la convocatoria pública efectuada por esa Diputación para la concesión de subvenciones en materia del Área de Igualdad, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del día......... teniendo interés en participar en la modalidad nº…. …, denominada…………………..………………..
Segundo.- Que (quien suscribe o la persona a quien represento) reúne los requisitos exigidos para concurrir a las ayudas convocadas, según se acredita mediante la documentación requerida al efecto, que acompaño.
Tercero.- Que acepto expresamente las bases reguladoras de la convocatoria y me comprometo al cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en las mismas.
Cuarto.-
¨ Que no he solicitado, ni me han sido concedidas para la misma finalidad otras subvenciones, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
¨ Que he solicitado, para la misma finalidad, otras subvenciones procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
¨ Que me han sido concedidas las siguientes subvenciones para la misma finalidad:
Órgano concedente:……......... , Fecha solicitud: ……….. , Importe:……………..
Por lo expuesto,
RUEGO Sea admitida mi solicitud al procedimiento convocado y me sea concedida una subvención de….......... euros para el Programa denominado ……….…………..………………….....................................................
Fecha y firma.
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ
ANEXO II
DECLARACION RESPONSABLE
(VÁLIDA PARA SOLICITUD)
D/Dª……………………., con D.N.I……….………en su condición de representante de la Entidad ……..………………….., habiendo solicitado a la Diputación de Cádiz, subvención para el Proyecto…………………………..
MANIFIESTA:
a) Que la entidad que representa se encuentra en la situación que fundamenta la concesión de subvención.
b) Que no se encuentra en ningún supuesto de exclusión para la obtención de ayudas públicas a que se refieree el artículo 13, apdo. 2 y 3, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias incluidas las de esta Diputación Provincial y frente a la Seguridad Social, según lo previsto en los artículos 18 y 19 del Reglamento de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.
d) Que no tiene pendiente justificación de subvenciones anteriores concedidas por la Diputación Provincial cuyo plazo para ello haya concluido.
e) Que la Entidad solicitante se compromete hacer constar, en toda la información o publicidad que se haga del Proyecto subvencionado, la colaboración del Área de Igualdad de la Diputación Provincial de Cádiz, así como el logotipo de la entidad corporativa, tal como se establece en el punto 7. apartado 2º. f) de las bases reguladoras.
Cádiz, a…. de……….. de 2009
Fdo.:…………………………………………..
(Nombre del representante legal)
ANEXO III
MEMORIA JUSTIFICATIVA
· Nombre del Proyecto:
· Entidad responsable:
· Nombre, cargo, teléfono y e-mail de la persona responsable:
· Objetivos previstos:
· Grado de cumplimiento de los objetivos (resultados):
· Actividades realizadas, fecha de realización, y evaluación de éstas:
· Coste total del Proyecto:
· Publicidad realizada (se deberá acompañar documentación acreditativa de los soportes materiales gráficos, escritos, sonoros o de cualquier otra naturaleza utilizados para la divulgación de la actividad y de su financiación por la Diputación Provincial de Cádiz):